Aprueba cabildo de Tulancingo uso de cubrebocas; habrá multas y hasta arresto
 
Hace (44) meses
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En Tlahuelilpan multarán a quien no use cubrebocas
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Apercibimiento, multa de hasta una vez la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, arresto hasta por cinco horas, suspensión de actividades hasta por 72 horas y cancelación de la licencia de funcionamiento o permiso en caso de reincidencia, contempla el artículo 215 Bis adherido al Bando de Policía y Buen Gobierno, que vuelve obligatorio el uso adecuado de cubrebocas en el municipio Tulancingo.

Este dictamen con efectos de decreto, presentado la tarde de este viernes en sesión de ayuntamiento, fue aprobado por mayoría del órgano edilicio.

Este será turnado para su revisión a la Coordinación Jurídica del Gobierno del Estado y debe ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo para entrar en vigor un día posterior.

El nuevo artículo establece que en caso de pandemias o epidemias oficialmente declaradas por las autoridades sanitarias competentes, cuando afecten el territorio del municipio o la afectación sea inminente, es obligatorio para todas las personas cumplir, entre otras medidas, con el uso adecuado de cubrebocas cuando transiten por la vía pública, caminando o a bordo de vehículos no motorizados.

“Cuando circule a bordo de motonetas, motocicletas y similares, deberán utilizar cubrebocas si la estructura del casco no cubre la cara. En el caso de que dos o más personas viajen a bordo de vehículos automotores que no sean del servicio público, también deberán utilizarlo”, cita la ordenanza.

Dicho aditamento también es obligatorio en cualquiera de las modalidades de transporte público; mercados, tianguis, centros comerciales, establecimientos industriales y de prestación de servicios; oficinas y dependencias centralizadas, desconcentradas y descentralizadas del gobierno municipal, entre otros espacios.

Para los efectos de este artículo, se considerará que el cubrebocas tape la totalidad de la boca y la nariz, de forma ajustada, y en la aplicación de las sanciones deberá tomar en cuenta la gravedad de la falta y la naturaleza de las actividades del infractor, al igual que el mayor o menor riesgo de contagio en que colocó a otras personas.

María Antonieta Islas

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