El amparo de Comuni Park fue turnado para su resolución
 
Hace (63) meses
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Ingresan juicio de revisión vs parquímetros

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El amparo (1272/2018) que promovió el representante legal de la empresa Comuni Park, Fernando Fuentes Martínez, contra la resolución del pleno del Tribunal de Justicia Administrativa de Hidalgo, que invalida el reglamento de la concesión de estacionamiento en la vía pública regulado por parquímetros, fue turnado al magistrado José Guadalupe Sánchez González para su resolución.

Por tanto, Sánchez González será quien dicte la sentencia final de este proceso legal (juicio 145/2017) que interpuso el regidor del ayuntamiento de Pachuca Navor Rojas Mancera y el senador Julio Menchaca Salazar, ambos afines a Morena.

Criterio publicó el 19 de octubre que, si la empresa promovía un amparo contra el fallo del órgano jurisdiccional, el retiro de los parquímetros podría retrasarse hasta cuatro meses –en caso de que resuelvan a favor del regidor y senador–, según el litigante Carlos Pratt Satraffon.

Rojas Mancera dijo, durante una conferencia de prensa, que el argumento del tribunal en segunda instancia fue que la autoridad municipal no puede concesionar los servicios de seguridad ni estacionamiento en vía pública a particulares, como establece el artículo 115 constitucional.

El representante legal de Comuni Park interpuso el recurso argumentando la violación a los artículos 14 y 16 constitucionales. De ellos, el primero refiere que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna y el segundo, que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Promovió Navor Rojas recurso vs Comuni Park

  • El 12 de julio de 2017, el regidor Navor Rojas interpuso el juicio de nulidad 145/2017 para invalidar el contrato de los parquímetros
  • El 9 de julio de 2018 el magistrado Prisciliano Gutiérrez Hernández desechó el asunto; el 10 de octubre, en segunda instancia, el Tribunal de Justicia Administrativa de Hidalgo anuló el reglamento del contrato; posteriormente —20 días después—, el Poder Judicial de la Federación aceptó el amparo que interpuso el representante legal de Comuni Park

Giovanny Flores I Pachuca

 

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