Reforma de Subcontratación Out e Insourcing – Columna de Jessica Blancas
 
Hace (30) meses
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En septiembre de 2019 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en coordinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Procuraduría Fiscal, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), llevaron a cabo una supervisión del cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo en un número aleatorio de empresas, de lo que se desprendieron varios datos.

Sobresale que el 83 por ciento de las empresas inspeccionadas tenía subcontratada al total de su plantilla, y el resto, es decir, el 17 por ciento tenía subcontratado al 95.5 por ciento.

Además, el 75 por ciento de los trabajadores estaban registrados ante el IMSS con salarios menores a los reales. Y empleados registrados en actividades diferentes a las que realmente desempeñaban, afín de bajar su prima de riesgo.

En más datos estadísticos el 29 por ciento de las empresas inspeccionadas renovaba mensualmente el contrato a los trabajadores, provocando la incertidumbre de saber si el próximo mes tendrían empleo. El 95 por ciento de las industrias supervisadas conseguía a sus trabajadores a través de entre 3 y 6 empresas contratistas, las cuales fungían como intermediarias para evadir ciertas obligaciones.

Estos hechos provocaron la presentación de una reforma de subcontratación ante el Congreso, el 23 de abril de este año por parte de la STPS, teniendo ocho puntos medulares:

1) Prohibición de la subcontratación de personal;

2) Subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante;

3) Registro obligatorio de empresas de subcontratación especializada en un padrón público a cargo de la STPS, previa acreditación de cumplimiento de sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social;

4) Las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento;

5) Se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo, para evitar simulación y defraudación fiscal.
6) Se endurecen las sanciones para el caso de incumplimiento;

7) Cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS,

8) Se reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el Gobierno Federal ya no exista la subcontratación de personal.

El pasado 1 de septiembre, dentro del marco de la Reforma de Subcontratación, venció el plazo para que las empresas que tengan personal contratado a través de la modalidad de out o insourcing, se regularizaran.

El incumplimiento de las nuevas disposiciones implican: Multas de hasta 50 mil UMAS (89.62 pesos), es decir, hasta 4 millones 481 mil pesos para quien realice o preste servicios de subcontratación, sin contar con registro correspondiente y hasta 3 años de cárcel por delito de defraudación fiscal. Los pagos por concepto de subcontratación de personal no tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento y las irregularidades se procesarán como un delito de defraudación fiscal.

Jessica Blancas

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