Debates con nota al pie
 
Hace (72) meses
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Después de gritos, sombrerazos y rasgado de vestiduras, por el supuesto atentado contra la libertad de expresión e información, la Sala Superior del TEPJF revocó, por votación unánime, el acuerdo del Consejo General del INE que prohibió la realización de debates entre precandidatos durante la intercampaña.

El júbilo por la sentencia (expedientes SUP-RAP-29/2018 y acumulados) mereció ocho columnas en varios diarios, y destacado espacio en los noticieros de TV y radio; pensé que al día siguiente estaríamos viendo debates entre los precandidatos presidenciales. Uno de ellos, José Antonio Meade, celebró como victoria propia la sentencia de marras, pues él fue uno de los impugnadores de lo resuelto por el INE. Celebraron también la CIRT, conductores de noticieros y no pocos editorialistas.

Como es costumbre, pocos leyeron la sentencia, empezando por quienes la promovieron, siguiendo con los demás precandidatos y los partidos que los postulan y terminando con los aspirantes a candidato sin partido. En la citada sentencia, el magistrado ponente puso, a pie de página, el antídoto a los debates entre precandidatos y candidatos, en intercampaña y en campaña, salvo los tres que el INE organizará entre candidatos presidenciales y los que, en su caso, tengan lugar entre candidatos a gobernador, jefe de Gobierno o bien a cargos legislativos o municipales, siempre y cuando sean organizados por la autoridad electoral competente.

En la página 33 de la sentencia se establece que “durante las intercampañas, los medios de comunicación y candidatos electos (sic) pueden realizar y participar en mesas redondas o de análisis, entrevistas y debates y únicamente tienen como límite las disposiciones legales y constitucionales expresamente aplicables durante el periodo de intercampaña, las relativas a actos anticipados de campaña, adquisición de tiempos en radio y televisión para influir en las preferencias electorales de la ciudadanía (otro sic), así como los criterios jurisprudenciales que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (16) y esta Sala Superior han emitido en dichas materias (17)”. (El “sic” obedece a que en intercampaña no hay “candidatos electos”)

La nota de pie de página número 16 señala, en letra chiquita: “Como, por ejemplo, lo resuelto por unanimidad (sic) de nueve Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas (…) en el sentido de que en la organización de debates es obligatorio que se convoque fehacientemente a todos los candidatos”. (Ver p. 33; otro “sic”: son 11 ministros en la Corte)
Por unanimidad de 7 la Sala Superior decidió aplicar en intercampaña el criterio restrictivo de la Corte, que para el periodo de campaña equipara los debates entre candidatos presidenciales, que el INE debe organizar por mandato de ley, con los que organicen y convoquen medios de comunicación, privados o públicos, u otras instancias de la sociedad. Ese criterio de la SCJN obliga, en pocas palabras, a que quien organiza el debate deba invitar a todos los candidatos, aunque el puntero, según las encuestas, tenga un tercio o más de las preferencias y el colero uno por ciento. Con esa restricción, es imposible que se puedan realizar -y podamos ver- debates sólo entre los dos punteros en la contienda presidencial, o en la que se quiera poner de ejemplo.

Tener a cuatro candidatos en el debate demerita el interés del público al hacer imposible que se desarrolle con agilidad, con un formato flexible que permita al conductor ser algo más que cronómetro y otorgador del uso de la palabra. Además, provoca que el puntero en las preferencias tenga un pretexto adicional para no asistir a los debates que no organice el INE, como ya lo estamos viendo.

Así que guarden su júbilo para el 2024. Este año sólo veremos -creo- a los candidatos presidenciales en los tres debates organizados por el INE. Creo que no habrá otros, ni hoy ni mañana, a menos que alguien tenga interés en organizar y difundir debates a los que acudan solamente los coleros.

Jorge Alcocer

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